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Final de la Copa del Rey. Miles de aficionados se trasladan desde Sevilla y Barcelona para ver a sus equipos en el estadio Wanda Metropolitano en Madrid. Presidirá el encuentro Felipe VI así como otras figuras de autoridad del Estado español. También se cantará el himno nacional.
También se cantará el himno nacional. Mucho antes de todo eso (y de las previsibles pitadas que se hagan de este símbolo, como viene ocurriendo desde hace tiempo) los espectadores catalanes pasan los controles de acceso al recinto y se llevan una sorpresa: deben deshacerse de sus pancartas en apoyo a los políticos presos, de sus camisetas amarillas e incluso de simples bufandas.
Con los virales, los comentarios en redes. Defensores del nacionalismo español reprochaban a los independentistas que al llevar “símbolos políticos” estaban yendo en contra de la normativa de la Federación, pero eso todavía no está del todo claro. La normativa de la FIFA de 2007 se modificó para prohibir todo tipo de mensajes religiosos u eslóganes en el terreno de juego. Pero sólo en el terreno de juego, no en las gradas. Se intentaba evitar que algunos jugadores mandasen mensajes después de marcar un tanto levantando sus equipajes oficiales.
Son medidas, en todo caso, que tienen consecuencias de carácter económico o sancionadoras para los clubes y se recaudan o acuerdan a posteriori.
A este respecto, y desde 2016, la UEFA y el Barça llegaron a un acuerdo de paz por el que se permitía la utilización de esteladas en los partidos en el Camp Nou. A partir de ese momento la bandera independentista no implicaba un mensaje anormal en cualquier evento regional en el que participasen culés.
Está por ver entonces si la UEFA, entidad privada, considera que las camisetas amarillas “no son aptas para un acontecimiento deportivo” en una final de la copa del Rey jugada en Madrid. Porque sí, son un símbolo político, pero, ¿no lo son las esteladas también? ¿Sería esta la puerta de entrada para considerar políticas las banderas de Tabarnia? ¿Y las españolas cuando se va a jugar contra el Barça?
El marco legal y la “ley mordaza” del deporte de Zapatero
Así la han llamado algunos juristas este fin de semana, explicando el marco en el que se han movido los agentes. Se trataría de la Ley 19/2007 Contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Con esta norma se permite a la policía decidir qué expresiones vulneran la ley, cosa que, según algunos, no debería depender de los agentes sino del Poder Judicial, ya que de otra manera se permite a agentes no especializados provocar censuras administrativas con mayor arbitrariedad.
Otra norma a tener en cuenta es el artículo 18 de la Ley 4/2015 de Seguridad Ciudadana, la ya sí conocida popularmente como Ley Mordaza por la que los agentes tienen potestad de decidir qué puede poner en riesgo la seguridad pública, dentro o fuera de recintos deportivos. Sin embargo, con esta ley no habría espacio jurídico para amparar la privación de camisetas u otros objetos que no puedan servir como instrumentos de agresión.
Por último, el artículo 20.1 de la Constitución Española, la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico y a la que deben supeditarse el resto de normas, dice que queda protegido el derecho “a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. En principio, todos tenemos derecho a utilizar pancartas o llevar camisetas de cualquier color en el espacio público.
Y la estelada se abrió camino en los estadios
La Copa del Rey ya enfrentó en mayo de 2016 enfrentó al Sevilla y al Barcelona. También entonces hubo problemas por los símbolos catalanes, y la policía requisó las esteladas por considerarlas «materiales de propaganda política» que generan «controversia política».
Un aficionado al Barça denunció y ganó. Entonces el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 dictó que prohibir las esteladas en los estadios viola la libertad de expresión. La diferencia con respecto ahora es que fue una Delegada del Gobierno, Concepción Dancausa, la que asumió haber dado la orden de incautación de las banderas catalanas por considerar que “fomentaban o ayudaban a la realización de comportamientos violentos o terroristas”. En la última final de la Copa del Rey habrían sido los policías los que hubiesen decidido bajo su criterio que ciertas prendas podían aumentar el riesgo de violencia.
Libertad de expresión por encima de todo
Hablamos con Sergio Carrasco Mayans, abogado especializado en Derecho de las Nuevas Tecnologías y en Derecho Público y colaborador de Derecho en Red, que defiende que sí podría haberse vulnerado los derechos de los seguidores del equipo catalán. “Lo que tenemos es una limitación de un derecho que no tiene una suficiente justificación tal clara como la que se ha esgrimido, como es que las prendas amarillas pudieran causar conflictos. Toda limitación de derechos debe quedar supeditada a una aplicación restrictiva, y no se puede esgrimir un riesgo de violencia, que se daría en unos supuestos muy excepcionales, para sencillamente confiscar. En ese caso nuestra libertad de expresión se quedaría sin contenido”.
¿Se arriesgan a un castigo entonces los policías que han confiscado las prendas? Para Carrasco no es muy probable. “Por principio se asume que la policía actúa de buena fe, así que debería demostrarse de forma muy clara un partidismo. Sin embargo sí pueden pedírsele explicaciones a los responsables del operativo. Ver si consultaron a sus superiores, como deberían haber hecho, acerca de estos objetos requisados cuando se produjo el conflicto”.
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